2. El patrón adoptará las medidas necesarias para garantizar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores a que se refiere el apartado antecedente reciban información acerca de los riesgos a los que vayan a estar expuestos, en particular en lo relativo a la penuria de cualificaciones https://margareta580glq0.magicianwiki.com/user